Inicio » informacion » ¿Cómo puedo divorciarme en Chile?

¿Cómo puedo divorciarme en Chile?

Paso 1: Saber el tipo de divorcio que mejor se ajuste a mi situación.

Esto es lo que necesitas para divorciarte en Chile:

Divorcio por Mutuo Acuerdo.

Es el más práctico y económico. Aquí no hay proceso, porque más que una solicitud de divorcio, estamos hablando de una “solicitud” que se hace ante el juez de familia.

La única dificultad sería que, como su nombre lo indica, el esposo y la esposa deben acordar divorciarse y llegar a un acuerdo sobre los diversos temas contemplados en el acuerdo de relación mutua.

Se requiere tan solo acreditar más de un año de cese de la convivencia.

Además de ello, su abogado deberá redactar un documento llamado Acuerdo de Relaciones Mutuas, conocido más popularmente como el “Acuerdo Completo y Suficiente”.

En este acuerdo se deben regular las siguientes materias:

  • Los alimentos de los hijos en común.
  • El régimen de Relación Directa y Regular (visitas) con los hijos. 
  • Quien tendrá el Cuidado Personal (tuición) de los hijos o si ésta será de manera compartida; y
  • Compensación Económica y Liquidar Bienes si existieren.  

Divorcio Unilateral.

Aquí el tema no es más complicado, tan solo se exige que el cese de la convivencia se haya producido por tres años o más.

Aquí no se requiere el consentimiento del otro cónyuge.

Aquí basta que pasen esos tres años y se demande, esté o no de acuerdo la otra persona.

Lo que sí, tenemos que tener presente que:

Si se acordaron alimentos antes de divorciarse, quien demanda debe acreditar que se está al día con ellos.

Si no se regularon alimentos, no tendremos mayor inconveniente en divorciarnos,  aunque el juez en su oportunidad abrirá la posibilidad que se regulen en el mismo juicio, junto a otras materias tan importantes como lo son las visitas y la tuición de los hijos menores de edad.

En cualquier caso, es muy recomendable que regulemos estos asuntos, porque si no lo hacemos, tendremos que abrir nuevos procedimientos judiciales para hacerlo, en caso de que sean reclamados en el futuro.

Divorcio Culposo.

Aquí nos encontramos en una situación de más gravedad.

Acá no se exige transcurso del tiempo de cese de convivencia, puede pasar un mes, dos meses, y se podría igualmente interponer esta demanda, o incluso mientras marido y mujer vivan juntos.

Lo que si, el requisito genérico para este tipo de divorcio se centra, en conductas graves que atenten a los deberes del matrimonio y que directamente tornen intolerable la vida en común.

Estas conductas culposas, son de carácter muy estricto, y la ley describe a modo de ejemplo una serie de conductas: si quiere saber más puede revisar nuestra Guía de Divorcio en Chile.

Paso 2: Tener la documentación legal para divorciarme.

La documentación legal es sumamente sencilla, ya que la mayoría puede obtenerla por Internet de manera gratuita. Estas son:

1. Certificado de Matrimonio.

Desde luego, si nos queremos divorciar, debemos acreditar ante el tribunal que nos encontramos casados.

El certificado de matrimonio se puede obtener en el Sitio Web del Registro Civil.

2. Certificado de Nacimiento de los hijos matrimoniales y no matrimoniales.

En el caso de que si hubo hijos en su matrimonio, hay que presentar los documentos que acrediten esta circunstancia, sobre todo si se quiere regular las Visitas y la Pensión de Alimentos.

Junto a ello, si alguno de los cónyuges tuvo hijos con otra persona después del matrimonio, será necesario también, contar con esos certificados, ya que ésta es una muy buena prueba para acreditar del cese de la convivencia.

Por ejemplo, si se presenta un certificado de nacimiento de un hijo extra matrimonial de dos años, se entiende que el cese de la convivencia se produjo por lo menos hace dos años.

2. Certificado de Residencia de los Cónyuges.

En este caso, debe acreditarse el domicilio de los Cónyuges, con el fin de demostrarle al juez, que ambos se encuentran separados.

El trámite para obtenerlos, dependerá de la junta de vecinos de su comuna, quienes son los autorizados para emitirlos. Para saber qué junta de vecinos le corresponde, contáctese con su Municipalidad. 

Este trámite puede ser gratuito o se le puede cobrar no más allá de $2.000.- por certificado. Eso dependerá de cada Junta Vecinal.

Otra forma de acreditar su residencia, es en caso de que usted viva en un departamento. Puede pedir que se extienda dicho certificado por el Presidente de la Comunidad de su Edificio. La mayoría de los edificios relativamente nuevos los emiten.

En todo caso, si no se puede conseguir esa documentación para acreditar su residencia, puede hacerse valer de contratos de arrendamiento, o cuentas de servicios básicos (luz, agua, internet, etc.), donde figure su nombre y domicilio para acreditar su residencia.

3. Acta de Cese de la Convivencia.

Con la nueva ley de Matrimonio Civil, los matrimonios que se celebraron con posterioridad al mes de noviembre de 2004, deberá acreditarse su cese a través de este tipo de documento.

Sin perjuicio de ello, las formas para acreditar el cese del la convivencia las tratamos en profundidad en nuestra Guía de Divorcio, ya que hay otras maneras de acreditar el cese de convivencia para estos matrimonios después de 2004, que se rigen por esta disposición legal, cuando no se cuenta con este documento.

Paso 3: Regularizar asuntos pendientes antes de divorciarse.

El divorcio es una institución legal que pone fin al matrimonio de manera perpetua y que por tanto se entiende que los ex cónyuges ya no comparten su vida en común. Ya no viven bajo un mismo techo.

De esta situación, trae diversas consecuencias, que importan en diferentes ámbitos:

  • Respecto a los hijos menores o mayores de edad que se encuentran estudiando, habrá que resolver de qué manera los padres aportarán con sus necesidades económicas.
  • La relación con los hijos, sobre quién se hará cargo de ellos o con quién de los dos padres vivirán
  • Respecto al padre o madre que no vivirá con los hijos, con qué frecuencia podrá ir a verlos.
  • Materias que dicen relación con el ámbito patrimonial como propiedades, vehículos u otros.

Por eso al momento de divorciarse, es muy conveniente (para el caso del Divorcio de Mutuo Acuerdo, es obligatorio), regularizar estos asuntos que podrían estar pendientes.

Por ejemplo en un Divorcio por Mutuo Acuerdo sin hijos y que además tienen el régimen de Separación Total de Bienes, desde luego, será un trámite que no revestirá mayores complicaciones, pues, en este caso específico, no hay nada pendiente y será por lo menos la mitad más económico que un Divorcio por Culpa.

Diferente es el caso cuando se tiene hijos menores de edad, o mayores hasta los 28 años si se encuentran estudiando.

O que se casaron en Sociedad Conyugal y se adquirió un inmueble durante la vigencia del Matrimonio.

En este caso hay que hacer presente lo conveniente de dejar regulado estos temas antes de divorciarse.

Sin perjuicio de ello, aunque  nos divorciemos ya sea por divorcio unilateral o divorcio por culpa, estos asuntos se pueden regular antes, durante el mismo juicio de divorcio, o posterior a éste.

La forma en que se regulan los alimentos lo puede ver en nuestro artículo:

Guía de Pensión de Alimentos en Chile

Para aprender como se reparten los bienes en el divorcio lo puede ver en este otro artículo:

Como se reparten los Bienes en el Divorcio

Paso 4: Cotizar y contratar abogado.

El mercado jurídico de ofertas de divorcio en Chile, resulta muy amplia.

Hay de todos los precios que van desde desde los $250.000 y diversas facilidades de pago.

Los precios varían de acuerdo a la calidad del servicio (apoyo 24/7, visitas a domicilio, nivel de respuesta y rapidez, etc.), el prestigio del abogado o su experiencia y la cantidad de gestiones que deban realizarse.

Lo que si es sumamente importante, que al momento de contratar esos servicios, tenga presente si esos precios incluyen regularizar todos los asuntos que pudieran estar involucrados en este divorcio, ya que, por ejemplo, Divorciarse es una cosa, pero Liquidar una Sociedad Conyugal es otra gestión.

Desde luego, la idea que en la gestión de su abogado, tenga cubierta todos esos aspectos, y le dé un presupuesto por todos ellos, ya que  dejar asuntos pendientes sin regular a la larga serán mucho más costosos.

Es mejor pagar una suma mayor por todas las gestiones que podrían verse involucradas, que pagar solo por el Divorcio, ya que podría significar dificultades para más adelante :

Decimos que es así, ya que por ejemplo, si no se regularizaron alimentos de los hijos en un Divorcio Unilateral, después se deberá contratar nuevamente a un abogado para demandar de alimentos, sin contar con el trámite de citar a Mediación previa al padre o la madre.

O para el caso de la Sociedad Conyugal, en caso de que exista divorcio, esta sociedad se disolverá, transformándose en una comunidad, donde podría ser muy engorroso el tema de adquirir bienes en futuro, por lo que es necesario hacer las respectivas escrituras de liquidación, cuando los ex cónyuges estén de acuerdo ya que:

En caso de no haber acuerdo a su disolución, cuando existen bienes en común, ésta lamentablemente, deberá ser dividida por un juez partidor, cuyos honorarios son sumamente costosos.

Paso 5: Inscribir la Sentencia de Divorcio.

Terminó la audiencia  y el Juez acogió la demanda de divorcio, donde declaró la disolución del vínculo matrimonial. Ya no están más casados, y su nuevo estado civil será “divorciado”.

Esto aún no termina. Aún quedan trámites pendientes:

1° Certificado de Ejecutoria.

En caso del Divorcio Culposo y Unilateral, una vez dictada esa sentencia, se deberá esperar 10 días hábiles (no cuenta domingo y festivos, los sábados si cuentan), para que la sentencia se encuentre Firme y Ejecutoriada. 

Esto es así ya que ese plazo, es el que tiene el demandado para apelar contra esa sentencia, y en caso de que no lo haga, se declarará a través de un certificado de ejecutoria (documento que lo hace el mismo ministro de fe a petición del abogado), donde consta que a esa sentencia no podrá impugnarse.

Para el caso del Divorcio de Mutuo Acuerdo, no será necesario esperar esos 10 días pero sí contar con el certificado de que la sentencia de divorcio se encuentra Firme y Ejecutoriada (se demora alrededor de 2 días en obtenerlo a petición de su abogado).

2° Inscripción de la Sentencia y Certificado de Ejecutoria en el Registro Civil.

Para efectos de publicidad y de constancia ante terceros, dicha sentencia se deberá inscribir en el Registro Civil.

Con la copia de la sentencia y su respectivo certificado de ejecutoria, usted o el abogado acudirán a cualquier Registro Civil, para solicitar la inscripción de su Divorcio, el cual tiene un costo aproximado de $3.800.-.

Luego de esa solicitud, deberá esperar alrededor de 20 días hábiles.

Pasado esos 20 días hábiles, bastará sacar su certificado de matrimonio, en donde aparecerá la respectiva anotación de divorcio.